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Si nadie lo ha declarado cinegético, allí no se caza

Tema 9 · Terrenos no cinegéticos — Terrenos no cinegéticos. Concepto; Terrenos enclavados. Concepto.

Se acabó el terreno libre

La Ley 3/2015 simplificó el mapa. Son terrenos cinegéticos los cotos de caza, las zonas colectivas de caza y los cotos sociales (art. 30.1). Todo lo demás es no cinegético: basta con que no haya sido declarado formalmente como cinegético (art. 48.1).

Figuras antiguas como los terrenos de aprovechamiento común o los vedados desaparecieron con esa ley. Por eso, si alguien te propone cazar conejos «en terreno libre», la respuesta es no: una finca abierta que no forma parte de ningún coto ni zona colectiva es no cinegética, y el permiso del dueño no cambia nada.

En estos terrenos:

No lo confundas con la suspensión de la caza en un coto: la acuerda la Delegación Provincial por un tiempo y por motivos concretos (art. 46). La prohibición del terreno no cinegético no caduca.

Cuándo sí se actúa sobre la caza

Siempre con autorización:

SituaciónQué se permiteArtículo
Daños, riesgos sanitarios o para la seguridadControles de población autorizados por el órgano provincial, sin que el terreno pierda su función48.2 y 28
Comarca en emergencia cinegética temporalAutorizaciones excepcionales y justificadas a los titulares o a sociedades de cazadores12.3
Estudios científicos de la ConsejeríaCapturas o sueltas, con conformidad de los titulares10.7

La Ley declara no cinegéticos, además:

Cruzar con el arma

Un arma está dispuesta si va desenfundada, o enfundada pero con cartucho en la recámara o el cargador (art. 20.4). La excepción: si cazando en tu coto cruzas una finca no cinegética que queda dentro de sus límites, puedes hacerlo con el arma descargada, aunque no la enfundes.

Los enclavados

Un enclavado es un terreno que no pertenece al coto pero está dentro de él o linda con él en al menos tres cuartas partes de su perímetro, siempre que no pertenezca a otro terreno cinegético (art. 49.1). Una finca que linda en un 80 % con tu coto pero forma parte del coto vecino no es enclavado de nadie.

Reglas que conviene retener:

¿Y si una pieza herida entra en un enclavado? Tienes derecho a cobrarla, y solo necesitas permiso si el terreno está cercado o es cinegético (art. 25.2). En un enclavado abierto y no cinegético puedes recogerla, con el arma descargada y sin cazar allí.

En el examen: no cinegético es lo no declarado cinegético, no lo pequeño. El permiso del dueño no autoriza a cazar en él. Enclavado: tres cuartas partes del perímetro y ningún otro coto. Máximo, 30 %. Los enclavados de un coto los señaliza su titular.

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