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Los consejos informan, las asociaciones participan y decide la Consejería
Tema 7 · La ordenación y la administración de la caza — Los Consejos de Caza; Asociaciones de ámbito cinegético.
Del Consejo Andaluz de Caza al de Biodiversidad
Andalucía tuvo un Consejo Andaluz de Caza, creado en 1987. La Ley 8/2003 previó un órgano más amplio, el Consejo Andaluz de Biodiversidad, y el Decreto 530/2004 lo puso en marcha: derogó el decreto de 1987 y repartió el trabajo en comités permanentes, uno de ellos el Comité de Caza, que informa las órdenes de vedas y los planes de caza. El mismo decreto rebautizó los consejos provinciales creados en 1995: los Consejos Provinciales de Medio Ambiente, Forestal y de Caza pasaron a llamarse Consejos Provinciales de Medio Ambiente y de la Biodiversidad.
La idea que no cambia: son órganos consultivos y de participación. Informan; no aprueban. El Reglamento pide su informe antes de:
| Qué | Quién lo aprueba después |
|---|---|
| Orden general de vedas (informa el Comité de Caza) | La Consejería |
| Plan Andaluz de Caza | El Consejo de Gobierno |
| Planes de caza por áreas cinegéticas | La Consejería, por Orden |
| Cambios en la lista de especies cazables | La Consejería, por Orden |
En transición: la Ley de Montes de 2026
La Ley 3/2026, de Montes de Andalucía, ha derogado el artículo 64 de la Ley 8/2003 y el Decreto 530/2004 (salvo el cambio de nombre de los consejos provinciales). En su lugar crea el Consejo Andaluz de Política Forestal y Biodiversidad, consultivo en materia forestal, de biodiversidad, caza y pesca continental. Su composición y funciones se fijarán por decreto, y ese decreto todavía no existe.
Mientras tanto, la propia ley dispone que el Consejo Andaluz de Biodiversidad mantiene su condición de órgano consultivo hasta que el nuevo lo sustituya. Por eso el Reglamento sigue citándolo. En el ámbito provincial, la ley prevé comités forestales dentro de los Consejos Provinciales de Medio Ambiente y de la Biodiversidad.
Las Juntas Consultivas de las reservas
Cada reserva andaluza de caza tiene su Junta Consultiva, adscrita a la Delegación Territorial:
- la preside el titular de la Delegación; la vicepresidencia es de la jefatura del servicio de caza;
- entre sus vocales hay ayuntamientos, cotos colindantes, propietarios, organizaciones agrarias, la Federación Andaluza de Caza y las asociaciones ecologistas;
- informa el programa anual de conservación y fomento, el plan técnico, la memoria anual y cualquier cambio de límites de la reserva;
- se reúne al menos dos veces al año.
Las asociaciones de ámbito cinegético
- La Federación Andaluza de Caza y las sociedades de cazadores federadas. Son las únicas que pueden ser titulares de un coto deportivo, sin ánimo de lucro, donde solo cazan federados y está prohibido vender puestos. Como fomento, la Ley les rebaja la tasa anual de matrícula al 50 % de la de un coto privado y les da preferencia en las subvenciones.
- Participación. Asociaciones, federaciones y colectivos de caza y de conservación pueden participar en la elaboración de los instrumentos de planificación, firmar convenios con la Consejería y recibir ayudas si no tienen ánimo de lucro.
- Entidades homologadas. Unas imparten el curso del cazador; otras certifican la calidad cinegética de los cotos. Esta certificación es voluntaria, y quien la da debe ser independiente de cualquier asociación o institución ligada a la caza.
En el examen: los consejos y juntas informan, no deciden: la orden de vedas la aprueba la Consejería. El nuevo órgano es el Consejo Andaluz de Política Forestal y Biodiversidad, pero hasta su decreto sigue funcionando el de Biodiversidad. La Junta Consultiva la preside el delegado territorial, no el alcalde ni la Federación. Y un coto deportivo nunca es de un particular ni de una empresa: es de la Federación o de una sociedad federada.
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