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Periodos hábiles de caza
Tema 4 · Ordenación cinegética — preguntas 392 a 402.
El calendario, de un vistazo
El año cinegético en Madrid va del 1 de abril al 31 de marzo del año siguiente. No coincide con el año natural, y eso ordena todo lo demás.
Veda es el periodo de tiempo en el que no se puede cazar.
| Qué | Cuándo |
|---|---|
| Días hábiles de caza menor | Jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos |
| Periodo general de caza menor | De octubre a enero |
| Media veda | Agosto o septiembre |
| Zorzales | Octubre, noviembre, diciembre o enero |
| Descaste de corzas | Del 1 al 30 de septiembre |
| Descaste de conejo | Del 15 de junio al 25 de julio, ambos incluidos |
| Rececho de ciervo | Del 1 de septiembre al final del periodo hábil de caza mayor |
Para la cabra montés, la respuesta de la pregunta 401 es que las dos opciones anteriores son verdaderas.
Ojo, temporada 2026-2027: para el examen, la respuesta es la del cuaderno, que es lo de arriba. Pero para salir a cazar esta temporada rige la Orden 2511/2026: la media veda es del 20 de agosto al 20 de septiembre, el corzo macho llega al 31 de julio y el conejo con escopeta sin perro se caza del 1 al 30 de abril y del 1 de junio al 31 de julio. Detalle en la orden de vedas 2026-2027.
El jabalí en cotos privados durante la temporada de menor
Es una pregunta larga cuya respuesta es «verdadero, con una condición». En todos los cotos privados se puede cazar jabalí con escopeta al salto o en mano, los jueves, sábados, domingos y festivos, durante el periodo hábil de caza menor, con un máximo de seis cazadores y seis perros… siempre que esté contemplado en su Plan de Aprovechamiento Cinegético.
Esa coletilla final es la respuesta. Sin Plan que lo contemple, no.
Practica las 11 preguntas de este epígrafe, con su respuesta →