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Licencia, seguro, DNI y guía: lo que tienes que llevar al cazar

Tema 4 · El cazador y los requisitos para cazar — Documentación y otros requisitos necesarios para la práctica de la caza en Castilla-La Mancha.

La lista del artículo 16

Para cazar en Castilla-La Mancha hay que tener estos documentos (Ley 3/2015, art. 16.1):

DocumentoCuándo
aLicencia de caza válida en Castilla-La Mancha (la regional o la interautonómica)Siempre
bSeguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador, en vigorCuando se usan armas
cDocumento de identidad con fotografía: DNI, permiso de conducción, pasaporte u otro oficialSiempre
dLicencia o permiso de armas y, en su caso, guía de pertenenciaSi usas armas o medios que exigen autorización especial
eDocumentos de los animalesSi cazas con animales. En las cacerías, los lleva su dueño o titular
fAutorización nominativa del titular del aprovechamiento o del organizadorSi no están presentes donde cazas
gLos demás permisos que exijan la Ley o su desarrolloSegún el caso

Detalles que se preguntan:

Dónde llevarlos y qué pasa si no los llevas

Los documentos se llevan encima o a tu alcance dentro del terreno cinegético o en sus entradas, por ejemplo en el coche aparcado en el coto, de forma que puedas enseñarlos a los agentes o a la autoridad que los pidan (art. 16.2).

Si te los piden y no puedes mostrarlos, el agente te denuncia, pero tienes 72 horas para presentarlos. Cazar teniéndolos pero sin llevarlos, y no presentarlos en ese plazo, es una infracción leve (art. 73.5). No tenerlos, en cambio, es infracción grave (art. 74.7).

Menores de edad

Los menores de 18 años pueden cazar en cualquier modalidad, con armas o sin ellas, siempre que vayan acompañados de un cazador mayor de edad que controle su acción de caza (art. 16.3).

Si el menor caza con armas, la distancia entre los dos debe permitir al adulto vigilarlo con eficacia en todo momento, y nunca puede superar los 120 metros (Decreto 141/1996, art. 31.3). Además, el uso de armas por menores tiene sus propias condiciones en el Reglamento de Armas, que verás en el tema 5.

No confundas este requisito con el de sacar la licencia: la autorización escrita de los padres se pide para obtenerla, no cada vez que el menor sale al campo.

En el examen: el seguro es obligatorio cuando se usan armas. La identidad se acredita con DNI, permiso de conducir, pasaporte u otro documento oficial con foto, nunca con la licencia. Documentos encima o al alcance en el coto o sus entradas; si no los enseñas, denuncia y 72 horas para presentarlos. Los papeles de los perros de una cacería, su dueño. Menores de 18, siempre acompañados por un mayor de edad; con armas, a 120 metros como máximo. El certificado de aptitud no se lleva.

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