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La caza andaluza cuelga de una ley de 2003 y de un reglamento de 2017
Tema 4 · La regulación legal de la caza — Disposiciones autonómicas que regulan la caza en Andalucía.
Una competencia exclusiva
El artículo 57.2 del Estatuto de Autonomía atribuye a Andalucía la competencia exclusiva sobre caza y pesca fluvial y lacustre. Incluye la planificación y la regulación, la intervención administrativa, la vigilancia y los aprovechamientos. El único límite es la legislación básica estatal de medio ambiente. No es una competencia compartida ni delegada por el Ministerio.
La aplica la consejería competente en caza (hoy, la de Sostenibilidad y Medio Ambiente) a través de sus Delegaciones Territoriales en cada provincia.
Las normas, de mayor a menor
| Norma | Qué regula |
|---|---|
| Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres | Protege las especies silvestres y, en su Título II, regula la caza y la pesca continental. Su Anexo III trae la lista de especies cazables |
| Decreto 126/2017, de 25 de julio | Aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza, que derogó el anterior (Decreto 182/2005) |
| Decreto 272/1995, de 31 de octubre | Examen del cazador, Registro Andaluz de Caza y de Pesca Continental y expedición de licencias |
| Orden de 31 de marzo de 1998 | Normas del examen y programa de doce temas |
| Decreto 23/2012, de 14 de febrero | Conservación de la flora y la fauna; crea el Listado Andaluz de protección especial, con el Catálogo de amenazadas dentro |
| Orden de 5 de julio de 2018 | Orden general de vedas; cada temporada la completa una resolución con las fechas |
| Decreto 232/2023 | Plan Andaluz de Caza 2023-2033 |
| Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos | Tarifas de la licencia y del examen (art. 231) |
| Decreto 196/2024, de 26 de agosto | Condiciones sanitarias de la carne de caza |
Lo que fija la Ley 8/2003
Qué es cazar. Buscar, atraer, perseguir o capturar ejemplares de fauna silvestre terrestre con artes, armas u otros medios, para darles muerte, apropiarse de ellos, devolverlos a su medio o facilitar que otro los capture (art. 2.g). No hace falta arma de fuego ni matar la pieza: la liebre con galgo es caza.
Cuatro condiciones. Solo se caza sobre las especies del Anexo III, en terrenos autorizados, en los períodos declarados hábiles y con licencia, tras acreditar la aptitud y sin estar inhabilitado (art. 35.2).
Planificar y cambiar la lista
- La lista de especies cazables se modifica por orden de la persona titular de la consejería, tras informe técnico, audiencia a las entidades del sector e información pública (Reglamento, art. 20).
- Los planes andaluces de caza los aprueba el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejería y con participación de las entidades del sector (Ley, art. 36.2). El plan tiene una vigencia de diez años y se actualiza al menos cada cinco (Reglamento, art. 10.4). El vigente es el Plan Andaluz de Caza 2023-2033.
Los cambios recientes
El Reglamento de 2017 ya no se lee tal cual salió. Lo han modificado dos decretos-leyes:
- El Decreto-ley 3/2024 cambió varios artículos de la Ley y del Reglamento y quitó la obligación de llevar encima la tarjeta del cazador.
- El Decreto-ley 2/2026 derogó el artículo del Reglamento que regulaba la tarjeta acreditativa de la habilitación, para que funcione la licencia interautonómica, y retocó el régimen sancionador.
En el examen: la competencia de Andalucía es exclusiva. La ley andaluza de caza es la 8/2003; el reglamento vigente, el Decreto 126/2017; el examen, el Decreto 272/1995. El Listado Andaluz sale del Decreto 23/2012 y las tasas, de la Ley 10/2021. La lista de especies se cambia por orden, no por la resolución anual. Y el plan andaluz de caza lo aprueba el Consejo de Gobierno, dura diez años y se actualiza al menos cada cinco.
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