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Preguntas del examen: El ejercicio del derecho de caza
Las 5 preguntas del cuaderno oficial sobre este asunto, con la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 4 · Ordenación cinegética.
Lee la explicación desarrollada en el temario →
335Para poder cazar en un coto de caza es preciso:
- A. Tener aprobado un Plan de Aprovechamiento Cinegético.
- B. Practicar la caza conforme al Plan de Aprovechamiento Cinegético.
- C. Sendas respuestas anteriores son correctas. correcta
Por qué: La caza en coto se ordena mediante el Plan de Aprovechamiento Cinegético: hay que tenerlo aprobado por la Administración y, además, ajustar la actividad a lo que ese plan establece (Ley 2/1991).
336En cuanto a la resolución aprobatoria de un Plan de Aprovechamiento Cinegético:
- A. Podrá suspenderse la actividad cinegética, previa incoación del oportuno expediente y audiencia a los interesados, por incumplimiento de las condiciones de dicha resolución. correcta
- B. En ningún caso podrá suspenderse la actividad cinegética, sino que únicamente habrá que renovarlos cada cuatro años.
- C. Únicamente podrá suspenderse si así lo solicita el titular del aprovechamiento cinegético con independencia de que se hayan incumplido las condiciones de la resolución aprobatoria del mismo.
Por qué: El incumplimiento de las condiciones de la resolución aprobatoria permite suspender la actividad cinegética, siempre con incoación de expediente y audiencia al interesado, como exige el procedimiento administrativo.
337¿Qué organismo debe aprobar los planes de aprovechamiento cinegético?
- A. La Federación Madrileña de Caza.
- B. La Consejería competente en materia de Medio Ambiente. correcta
- C. El Ministerio competente en materia de Medio Ambiente.
Por qué: La caza es competencia autonómica, de modo que los planes de aprovechamiento los aprueba la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, no la Federación ni el Ministerio.
338¿Qué es la memoria anual de actividades cinegéticas?
- A. Un documento que los titulares de los cotos han de presentar anualmente ante la Consejería competente de Medio Ambiente con los resultados de capturas de la campaña anterior. correcta
- B. Un documento que emite la Consejería competente en materia de Medio Ambiente en el que indica a los titulares de los aprovechamientos cinegéticos el número de piezas de cada especie que puede cazarse en él anualmente.
- C. Un documento emitido por la Federación Madrileña de Caza en el que se plasma cómo debe realizarse la gestión anual de cada uno de los acotados.
Por qué: La memoria anual es el documento que el titular del coto presenta a la Consejería con los resultados de capturas de la temporada anterior; sirve para ajustar la gestión y los cupos futuros.
339El número de individuos de una especie que se pueden cazar en un coto se fija:
- A. Por el veterinario municipal.
- B. Por la Orden General de Vedas.
- C. Por el Plan de Aprovechamiento Cinegético. correcta
Por qué: Los cupos por especie se fijan en el Plan de Aprovechamiento Cinegético de cada coto, adaptado a sus poblaciones. La Orden de vedas solo establece periodos hábiles y condiciones generales.