¿Qué requisitos hay para sacarse la licencia de caza en Madrid?
Superar la prueba de aptitud si eres nuevo cazador, tener el seguro de responsabilidad civil obligatorio y pagar la tasa. La licencia de armas no hace falta para la de caza.
Los dos requisitos que se preguntan en el propio examen son éstos:
- Haber superado las pruebas de aptitud y conocimientos necesarias para la práctica de la caza.
- Acreditar el seguro de responsabilidad civil del cazador, de suscripción obligatoria, si vas a cazar con armas.
Lo que NO hace falta
Contar con la licencia de armas tipo «E» no es requisito para obtener la licencia de caza. Tiene lógica: se puede cazar sin arma de fuego —con arco, con galgo o con aves de cetrería—, así que exigirla sería absurdo.
¿Tengo que examinarme?
Solo si eres nuevo cazador, que tiene definición legal: quien solicita por primera vez la licencia de Madrid y no acredita haber tenido antes la licencia de otra comunidad, o un documento equivalente de otro país, antes de la entrada en vigor del Decreto 23/2015.
Si ya cazabas en otra comunidad, no eres nuevo cazador y no te examinas.
Si sí lo eres, el trámite para apuntarte está paso a paso aquí.
La edad
El derecho a cazar se ejerce a partir de los 14 años. Para hacerlo con arma de fuego, los menores necesitan autorización especial y ir acompañados de un cazador mayor de edad: 14 años con escopeta y 16 con rifle.