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Preguntas de práctica: Una escopeta sin papeles es un delito; usarla con descuido, una multa del Estado

7 preguntas sobre este asunto, con la respuesta correcta marcada y el porqué de cada una. Tema 11 · Infracciones, sanciones y delitos.

Preguntas de práctica, no del examen. La Junta de Comunidades no publica las preguntas de la prueba. Estas las hemos escrito sobre el programa oficial y la norma vigente, y cada explicación cita el artículo del que sale.

Lee la explicación desarrollada en el temario →

  1. 324Según el Código Penal, ¿qué pena corresponde a tener una escopeta sin las licencias o permisos necesarios?

    • A. Prisión de uno a dos años
    • B. Prisión de uno a tres años
    • C. Prisión de seis meses a un año correcta
    • D. Solo una multa administrativa

    Por qué: El artículo 564 castiga la tenencia de armas de fuego reglamentadas sin licencia con prisión de seis meses a un año si son largas, como la escopeta, y de uno a dos años si son cortas. Las armas prohibidas del artículo 563 se castigan con uno a tres años. (Código Penal, arts. 563 y 564.1)

  2. 325¿Cuál de estas circunstancias agrava el delito de tenencia de un arma de fuego sin licencia?

    • A. Que sea un arma larga
    • B. Que tenga el número borrado correcta
    • C. Que se guarde descargada en casa
    • D. Que su dueño esté federado en caza

    Por qué: La pena sube si el arma carece de marcas de fábrica o de número, o los tiene alterados o borrados, si se introdujo ilegalmente en España o si se ha transformado modificando sus características originales. En armas largas pasa a prisión de uno a dos años. (Código Penal, art. 564.2)

  3. 326¿Cuántas armas de fuego reglamentadas hay que reunir para que el Código Penal hable de «depósito de armas»?

    • A. Dos o más
    • B. Tres o más
    • C. Diez o más
    • D. Cinco o más correcta

    Por qué: Se considera depósito de armas de fuego reglamentadas la fabricación, comercialización o reunión de cinco o más, aunque estén desmontadas. Establecer un depósito no autorizado se castiga con prisión de dos a cuatro años a sus promotores y organizadores. (Código Penal, arts. 566.1.2.º y 567.3)

  4. 327¿Qué puede hacer el juez con la pena por tenencia ilícita de armas si no había intención de usarlas con fines ilícitos?

    • A. Rebajarla en un grado correcta
    • B. Subirla en un grado
    • C. Cambiarla por una multa administrativa
    • D. Nada: la pena es fija

    Por qué: El artículo 565 permite a jueces y tribunales rebajar en un grado las penas por tenencia de armas prohibidas o sin licencia cuando las circunstancias del hecho y del culpable muestran que no había intención de usarlas con fines ilícitos. (Código Penal, art. 565)

  5. 328Según la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, usar un arma de modo negligente o temerario, sin llegar a delito, es infracción…

    • A. Grave correcta
    • B. Leve
    • C. Muy grave
    • D. Penal en todo caso

    Por qué: El artículo 36.10 califica como grave portar, exhibir o usar armas prohibidas, y portar, exhibir o usar cualquier arma de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados, aunque se tenga licencia, siempre que no sea infracción penal. (Ley Orgánica 4/2015, art. 36.10)

  6. 329¿Qué dice la Ley Orgánica 4/2015 de no denunciar la pérdida de la documentación de un arma?

    • A. Es una infracción grave
    • B. Es una infracción leve correcta
    • C. Es un delito
    • D. No se sanciona si el arma está en regla

    Por qué: No cuidar la documentación de armas y explosivos o no denunciar su pérdida o sustracción es infracción leve de la Ley de Seguridad Ciudadana, con multa de 100 a 600 euros. Por eso conviene guardar la guía y la licencia con cuidado. (Ley Orgánica 4/2015, arts. 37.8 y 39.1)

  7. 330¿Qué multa prevé la Ley Orgánica 4/2015, de Seguridad Ciudadana, para sus infracciones graves?

    • A. De 601 a 30.000 euros correcta
    • B. De 601 a 6.000 euros
    • C. De 100 a 600 euros
    • D. De 30.001 a 600.000 euros

    Por qué: La Ley de Seguridad Ciudadana castiga las infracciones leves con 100 a 600 €, las graves con 601 a 30.000 € y las muy graves con 30.001 a 600.000 €. Puede añadir la retirada de las armas y sus licencias. No la confundas con la Ley de Caza. (Ley Orgánica 4/2015, art. 39.1)

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